El alto tribunal toma la decisión tras las demanda de dos personas, quienes reclaman el derecho a morir dignamente.
La Sala Plena de la Corte Constitucional amplió el derecho fundamental a morir dignamente a los pacientes no terminales, luego de estudiar una demanda de Daniel Porras y Alejandro Matta, quienes solicitaban este derecho. La votación fue 6 a 3.
La demanda pedía condicionar el artículo 106 del Código Penal, que habla del homicidio por piedad o eutanasia.
El argumento fue que “si hoy en día, una persona que no se encuentra en estado terminal, pero que se encuentran en circunstancias extremas, fruto de lesiones corporales o enfermedades incurables, decide solicitar que se le ayude a morir dignamente, encontrará una negativa del personal médico en razón” de que se estaría cometiendo un delito.