A propósito de las elecciones presidenciales, les explicamos qué hace una Primera Dama.
El próximo 29 de mayo se llevarán a cabo las
elecciones presidenciales en Colombia, luego de una jornada electoral que se
realizó el pasado 13 de marzo para elegir a los nuevos miembros del Congreso de
la República.
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Por esta época electoral, a los
colombianos le empiezan a surgir varias dudas sobre funciones, salarios, entre
otros aspectos. Por ejemplo, dos preguntas que se hacen son qué hace la Primera
Dama y si tiene una remuneración económica.
¿Qué hace una Primera Dama?
Es importante resaltar que la figura de la Primera Dama (esposa del
presidente de la República) se comenzó a utilizar en Colombia desde el año de
1934.
Aunque no es un cargo que se elige
en elecciones y ni tiene funciones oficiales, la Primera Dama acompaña al
presidente de la República a ceremonias oficiales y a recepciones de
Estado.
Según la sentencia C-089A/94, la Corte Constitucional señala que “ninguna
función pública se atribuye al denominado Despacho de la Primera Dama, y como
este cargo no existe (que se sepa) ninguna persona o funcionario puede
atribuirse competencia por desempeñar a su turno otras funciones a desempeñar
por empleados del Departamento Administrativo. Evidentemente, asumiendo desde
el punto de vista estrictamente jurídico que la Primera Dama de la Nación es la
cónyuge del Presidente de la República, ella no puede, en tal carácter, ni
siquiera como funcionario de hecho, porque ningún nombramiento se le ha
discernido, 'ordenar actividades que estime conveniente emprender', para que funcionarios adscritos a la dependencia las cumplan,
porque esas actividades tienen que ser funciones señaladas por el Congreso o
por el Presidente y no por un particular, cualquiera que él sea”.
Por otro lado, de acuerdo con el
Concepto 015491 de 2020 Departamento Administrativo de la Función Pública, “el
papel que cumple la Primera Dama es meramente particular frente a la
administración pública, con ello no está facultada para realizar algún tipo de contratación,
supervisión o manejo de personal, ya que como se dispuso en la jurisprudencia
citada, en su calidad de cónyuge del alcalde de un Municipio, podrá acompañarlo
en el desempeño de tareas protocolarias, o tener iniciativa en materia de
asistencia social, en labores de beneficencia pública, o en actividades
análogas”.
¿La Primera Dama recibe un salario?
La Primera Dama al no tener un
cargo y funciones oficiales, no recibe un salario mensual.
Fuente: Sistema Integrado De Información
